El Gobierno nacional estableció una serie de parámetros para que la actividad minera se abastezca prioritariamente de empresas proveedoras locales en lugar de importaciones, a través de la resolución 138/2020 de la Secretaría de Minería, publicada hoy en el Boletín Oficial." /> El Gobierno nacional estableció una serie de parámetros para que la actividad minera se abastezca prioritariamente de empresas proveedoras locales en lugar de importaciones, a través de la resolución 138/2020 de la Secretaría de Minería, publicada hoy en el Boletín Oficial." />

ESTABLECEN PARÁMETROS PARA QUE LA MINERÍA SE ABASTEZCA DE PROVEEDORES LOCALES

El Gobierno nacional estableció una serie de parámetros para que la actividad minera se abastezca prioritariamente de empresas proveedoras locales en lugar de importaciones, a través de la resolución 138/2020 de la Secretaría de Minería, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma formalizó la vigencia del Manual de Procedimientos – Análisis de Competitividad de la Cadena de Valor Minera y Sustitución de Importaciones, que tiene por objetivo determinar los mecanismos para analizar los distintos bienes y servicios importados por el sector minero, para de esa manera identificar cuáles podrían ser abastecidos por empresas nacionales, de forma competitiva.

La idea de esta iniciativa es “ampliar el peso relativo aportado por los proveedores dentro de la matriz industrial a nivel local, provincial, regional y nacional”.

La Ley de Inversiones Mineras determinó que los inscriptos en el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera estarán exentos del pago de los derechos a la importación y de todo otro derecho, impuesto especial, gravamen correlativo o tasa de estadística, con exclusión de las demás tasas retributivas de servicios.

Esta exención rige para la introducción de bienes de capital, equipos especiales o parte o elementos componentes de dichos bienes, y de los insumos determinados por la autoridad de aplicación, que fueren necesarios para la ejecución de actividades comprendidas en el régimen.

Para el Gobierno, “la minería es un sector con un gran potencial de traccionar y dinamizar inversiones hacia la economía real en sus diferentes esferas”.

En este marco, consideró que “para un mayor impacto, además de las regalías, los impuestos y las tasas generados por la actividad minera, es necesario que los proyectos canalicen sus inversiones en el desarrollo de proveedores locales, provinciales, regionales y nacionales”.

“La Argentina tiene una gran tradición de producción industrial, con núcleos productivos en distintas provincias del país”, destacó el Manual de Procedimientos.

Al mismo tiempo, indicó que “el entramado productivo de bienes y servicios abarca distintos rubros con menor o mayor intensidad en el agregado de valor dentro de la cadena en los distintos sectores económicos”.

La Secretaría de Minería, a través de la Dirección Nacional de Cadena de Valor Minera en el marco de la Subsecretaría de Política Minera, tiene entre sus objetivos “impulsar una mayor participación de las empresas argentinas en la provisión de bienes y servicios a los proyectos del sector minero, en las etapas de exploración, construcción, producción y cierre”.

Por lo tanto, cuando una empresa pretenda incorporar bienes, partes, repuestos o insumos; el Estado relevará la existencia de empresas proveedoras locales del bien o servicio incluido en el pedido, y procederá a canalizar la operación a través de las compañías ubicadas en el país o autorizará su importación.